jueces al servicio del crimen organizado


martes, 30 de agosto de 2011

Que qué?

"Apercibiéndolos de que en caso de ser omiso al respecto en el término que para tal efecto se le ha concedido (5 días) se le hará devolución de los documentos exhibidos, a excepción del escrito inicial de demanda y SE ORDENARÁ EL ARCHIVO DEFINITIVO DEL PRESENTE EXPEDIENTE COMO ASUNTO TOTAL Y DEFINITIVAMENTE CONCLUIDO, DEBIENDO SURTIR EFECTO LA NOTIFICACION DEL PRESENTE AUTO POR MEDIO DEL BOLETIN JUDICIAL".
Qué güevos de cabrones!
¡Mira, mira! De entrada están protegiendo a sus exgobernadores cómplices.
¡Malditos lamesuelas!
Los demandados, por si no saben interpretar la promoción, porque con 'interpretaciones' aplican el derecho romano. ¡Justicieros de mierda!, repito, los demandados son Guillermo Mercado Romero, Leonel Efraín Cota Montaño y Narciso Agúndez Montaño pues con la figura de gobernador que ostentaron dilataron y negaron la procuración y la administración de la justicia, en claro acto violatorio del numero 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que a la letra dice: " ... Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial... Tales leyes determinarán las materias de aplicación, los procedimientos judiciales y los mecanismos de reparación del daño... "
El párrafo primero de numeral que nos ocupa fue reformado en su integridad mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 18 de junio de 2008.
Por su parte, el párrafo tercero que nos habla de la reparación de daño fue adicionado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 29 de julio de 2008.
Pero 'helo madre' como dice el doctor Milo en su libro 'El Corral de Piedra'
¡Lo mismo quiso hacer la jurídico del H. Congreso del Estado de BCS al presentar el promovente denuncia de jucio político en contra de los mismos hampones que un día gobernaron nuestra tierra calisureña: "Se desecha como cosa juzgada porque el promovente no se presentó a ratificarla dentro del plazo de 3 días que marca la ley interna", palabras más, palabras menos, pero la intención fue esa.
¡Le dan mayor peso a las leyes secundarias que a la carta madre!
¡Hijosdesuchingadamadre!
Antes de alegar con la ley en la mano si ha lugar o no, echan mano de argucias legaloides para proteger a los narcopolíticos en comento.
Sabía de antemano que en BCS, y en el Estado Mexicano, no encontraría justicia con apego a la legalidad.
No la encontraron los familiares de Rosendo Radilla Pacheco, ni la indigena violada por soldados, ni los protectores de la selva, por ello acudieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; el promovente también acudió al organismo Internacional, los primeros fueron atendidos y el Estado Mexicano sentenciado... ¿Quieren lo mismo?
Haremos los trámites necesarios y suficientes para que ello ocurra.
Pero antes investigaremos al Presidente Magistrado, al tal Barbaro Valenzuela que avaló como juez de la causa el proyecto de negación del secretario Roberto Efraín Flores Murillo, para publicar y exhibir sus 'encantos', ¡Por qué éso es el ejercicio del periodismo!: Dar a conocer IDEAS, OPINIONES e INFORMACIÓN para el control de los gobernantes.

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